Antes de entrar en la explicación propiamente dicha, es importante diferenciar entre el concepto de "heredero legal" y "posible comprador". Por ejemplo, en el caso de que una persona sea hijo único, el coche estuviera a nombre de su padre y quiera transferirlo a su propio nombre, éste actua como "heredero legal" y aquí acaba el trámite, aunque si lo que quiere es venderlo a un "posible comprador", SIEMPRE tenemos que adjudicarlo al "heredero legal" en primer lugar y posteriormente transferirlo al "posible comprador".
En primer lugar, debemos recopilar toda la documentación necesaria para este trámite:
- Fotocopia del DNI del comprador "heredero legal".
- Fotocopia del DNI del vendedor fallecido.
- Fotocopia del DNI de todos los herederos legales ( cónyuge del difunto e hijos).
- Fotocopia del libro de familia.
- Renuncia de todos los herederos en favor del que se queda el vehículo (este documento se elabora directamente en nuestra gestoría).
- Fotocopia del certificado de defunción y últimas voluntades.
- Impuesto de sucesiones y declaración de herederos (si no se ha liquidado la herencia nosotros podemos hacerlo por Ud).
- Documentación original del vehículo.
Como siempre, recordaros que tenéis a vuestra disposición el teléfono de la gestoría para resolver todas vuestras dudas en horario de 09.00h a 14.00h y 16.00h a 19.00h.