Antes de entrar en la explicación propiamente dicha, es importante diferenciar entre el concepto de "heredero legal" y "posible comprador". Por ejemplo, en el caso de que una persona sea hijo único, el coche estuviera a nombre de su padre y quiera transferirlo a su propio nombre, éste actua como "heredero legal" y aquí acaba el trámite, aunque si lo que quiere es venderlo a un "posible comprador", SIEMPRE tenemos que adjudicarlo al "heredero legal" en primer lugar y posteriormente transferirlo al "posible comprador".
En primer lugar, debemos recopilar toda la documentación necesaria para este trámite:
- Fotocopia del DNI del comprador "heredero legal".
- Fotocopia del DNI del vendedor fallecido.
- Fotocopia del DNI de todos los herederos legales ( cónyuge del difunto e hijos).
- Fotocopia del libro de familia.
- Renuncia de todos los herederos en favor del que se queda el vehículo (este documento se elabora directamente en nuestra gestoría).
- Fotocopia del certificado de defunción y últimas voluntades.
- Impuesto de sucesiones y declaración de herederos (si no se ha liquidado la herencia nosotros podemos hacerlo por Ud).
- Documentación original del vehículo.
Como siempre, recordaros que tenéis a vuestra disposición el teléfono de la gestoría para resolver todas vuestras dudas en horario de 09.00h a 14.00h y 16.00h a 19.00h.
Hubiera estado genial haber tenido toda la información toda junto ya cuando quisimos vender la moto de mi padre. Seguro que a otros le ayudarás mucho con este post.
ResponderEliminarHubiera estado genial haber tenido toda la información toda junto ya cuando quisimos vender la moto de mi padre. Seguro que a otros le ayudarás mucho con este post.
ResponderEliminarNo nos damos cuenta de lo valiosa de esta información, hasta que no nos toca, muy bueno, gracias.
ResponderEliminarEstoy con Antonio, ánimo, seguid así, a mí me sirven de mucho estos artículos
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